ANIMALES EN ADOPCION EN GALICIA









viernes, 24 de diciembre de 2010

Maltratar a un animal, sin necesidad de ser ensañamiento, es ya delito en España


Maltratar a un animal doméstico sin necesidad de ser ensañamiento será considerado delito a partir de hoy y podrá ser castigado con penas de entre tres meses y un año de cárcel y la inhabilitación entre un año y tres años para trabajar en cualquier oficio relacionado con los animales.

Esto será posible gracias a la entrada en vigor de la última reforma del Código Penal. Hasta ahora, el artículo 337 del Código Penal consideraba delito conductas de quienes "maltrataren con ensañamiento e injustificadamente a animales domésticos, causándoles la muerte o provocándoles lesiones que produzcan un grave menoscabo físico".

Esta infracción está penada con entre tres meses y un año de prisión y la inhabilitación especial de uno a tres años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales.


La reforma del Código Penal mantiene las penas, pero elimina el requisito de ensañamiento para dotar de una mayor protección a "los animales domésticos o amansados" porque "dificultaba de manera notable la aplicación" del delito.


Además, el Código Penal incluye otra novedad relacionada con los animales, pero en este caso con conductas tipificadas como falta, y son las relativas a dejar "animales feroces o dañinos" sueltos "o en condiciones de causar mal", lo que será castigado con una multa de 1 a 2 meses (en lugar de los 20 a 30 días actuales), o a abandonar a un animal doméstico de manera que "pueda peligrar su vida o su integridad", castigado ahora con multa de entre 15 días y 2 meses, en lugar de entre 10 a 30 días.



En declaraciones a Servimedia, Daniel Dorado, abogado especializado en legislación animal, afirmó que, con este cambio, podrá considerarse delito matar a un perro de un disparo o no llevar al veterinario a la mascota sabiendo que está enferma y que puede acabar con lesiones graves o muerta.


"Ha habido juicios en los que se ha disparado a un animal, pero como éste murió con el primer disparo, se consideró que no había habido ensañamiento y fue absuelto el acusado. Con la nueva redacción, este caso sería claramente una sentencia condenatoria", apuntó.


Dorado, que gestiona la web "www.abogadodeanimales.com", consideró "positivo" el cambio en el Código Penal, pero señaló que se trata de "una reforma insuficiente, porque las penas siguen siendo muy insuficientes", por lo que abogó por su endurecimiento.

FUENTE : http://www.animanaturalis.org/n/11422/maltratar_a_un_animal_sin_necesidad_de_ser_ensanamiento_es_ya_delito_en_espana

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